Si lo atropellaron o lo chocaron y el conductor se dio a la fuga, o si no tenía seguro, todavía puede haber de dónde cobrar. La fuente más común es la cobertura de conductor sin seguro (UM) de su propia póliza o de la de un familiar con quien vive, que muchas veces cubre aunque usted iba caminando o en bicicleta. La clave es reportar a tiempo. Un abogado revisa todas las pólizas y opciones que tiene.
La consulta es gratis, en español y a cualquier hora. Si no ganamos, NO paga nada.
¿Qué hago en las primeras 24 horas?
- Llame al 911 y busque atención médica.
- Reporte el choque a la policía dentro de 24 horas. Para usar su propia cobertura en un choque con fuga, la ley lo exige (Código de Seguros §11580.2).
- Anote todo lo que recuerde del carro: color, marca, modelo, parte de la placa, dirección en que se fue.
- Busque testigos y cámaras. Pregunte en negocios y casas cercanas; los videos se borran en pocos días. Un testigo independiente puede ser indispensable.
- Tome fotos del lugar, de su carro o bicicleta y de sus heridas.
- Avise a su aseguradora dentro de 30 días y pida el número de reclamo.
¿Qué cubre la póliza de conductor sin seguro (UM)?
La cobertura de conductor sin seguro paga sus lesiones cuando el culpable:
- huyó y no lo encontraron;
- no tenía seguro; o
- tenía muy poco seguro (UIM, conductor con seguro insuficiente). Desde 2025, el seguro mínimo en California es de $30,000 por persona, y muchas lesiones valen más.
Quién está cubierto: normalmente usted y los familiares que viven con usted, aunque iban caminando, en bicicleta o en el carro de otra persona.
Requisitos importantes en un choque con fuga: que haya habido contacto físico con el carro que huyó, o que un testigo independiente confirme lo que pasó; el reporte a la policía dentro de 24 horas; y el aviso a la aseguradora dentro de 30 días.
Plazo: dentro de 2 años desde el accidente, hay que demandar, llegar a un acuerdo o pedir arbitraje con su aseguradora (Código de Seguros §11580.2). Su propia aseguradora se convierte en la otra parte: no le dé una declaración grabada sin asesoría.
¿Qué pasa si solo tengo la placa?
Con la placa, aunque sea parcial, la policía puede buscar al dueño del carro en el DMV. Dé la placa en su reporte cuanto antes. Si encuentran al dueño:
- su seguro puede responder, aunque manejara otra persona con su permiso; en ese caso, lo que se le puede cobrar al dueño que no manejaba tiene límites (Código de Vehículos §17151);
- si el dueño no tenía seguro, vuelve a aplicar su cobertura de conductor sin seguro.
Si el carro tenía placas de otro estado o de México, el caso sigue siendo posible, pero conviene un abogado desde el principio.
¿Y si encuentran al conductor después?
Si lo encuentran semanas o meses después, puede reclamar a su seguro, y su cobertura UIM puede pagar lo que falte si el seguro del conductor no alcanza. En el caso criminal, el juez puede ordenarle pagar restitución. Huir de un choque con heridos es un delito (Código de Vehículos §20001).
Los daños de su carro en un choque con fuga
La cobertura de conductor sin seguro para daños a la propiedad (UMPD) paga hasta $3,500, pero solo si se identifica al conductor o al dueño del carro (Código de Seguros §11580.26). Si no lo encuentran, los daños de su carro los paga su cobertura de choque (collision), si la tiene, menos el deducible.
¿Qué otras opciones tengo?
- El seguro del dueño del carro, si el conductor manejaba un carro ajeno.
- Cobertura de gastos médicos (MedPay) de su póliza, si la tiene.
- Su seguro médico o Medi-Cal, para el tratamiento mientras sigue el caso.
- El programa de compensación a víctimas del estado (CalVCB), que puede pagar gastos médicos, terapia y salario perdido de víctimas de choques con fuga y de conductores ebrios, cuando no los paga otro seguro.
- Restitución en el caso criminal, si encuentran al conductor. Huir de un choque con heridos es un delito grave (Código de Vehículos §20001).
¿Y si yo tampoco tenía seguro?
Si usted manejaba sin seguro, no puede cobrar dolor y sufrimiento en California, aunque el otro tenga toda la culpa (Código Civil §3333.4). Sí puede cobrar sus gastos médicos y su salario perdido. Esta regla no aplica a los peatones, a los ciclistas ni a los pasajeros. Le explicamos todo en me chocaron y no tengo seguro. Vea también accidentes con conductores sin licencia.
¿Cómo pago el médico mientras sigue el reclamo?
- MedPay de su póliza, si la tiene, paga gastos médicos sin importar la culpa.
- Su seguro médico o Medi-Cal paga el tratamiento y después pide que se le devuelva una parte.
- Médicos que cobran al final del caso (con un gravamen o lien): algunos aceptan esperar al acuerdo.
- CalVCB puede pagar lo que ningún seguro cubre.
Guarde todas las facturas y los recibos.
¿Cuánto tarda un reclamo de conductor sin seguro?
El reclamo es contra su propia aseguradora, pero eso no quiere decir que sea fácil: puede discutir la culpa, sus lesiones o si se cumplieron los requisitos. Si no hay acuerdo, el caso va a arbitraje, no a un juicio con jurado. Muchos se resuelven unos meses después de terminar el tratamiento; los que van a arbitraje tardan más.
¿Cuánto tiempo tengo?
| Paso | Plazo | Ley |
|---|---|---|
| Reporte a la policía (choque con fuga) | 24 horas | Código de Seguros §11580.2 |
| Aviso a su aseguradora | 30 días | Código de Seguros §11580.2 |
| Reclamo UM: demandar, acordar o pedir arbitraje | 2 años | Código de Seguros §11580.2 |
| Demanda contra el conductor | 2 años | Código de Procedimiento Civil §335.1 |
Choques con fuga en el Sur de California
Atendemos choques con fuga y con conductores sin seguro en Los Ángeles, Orange County, Long Beach, el Inland Empire, San Diego y todo California. Vea también atropellamiento de peatones y accidentes de auto. Llame al 844-332-9832, a cualquier hora, en español.
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