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Me chocaron y no tengo seguro: ¿puedo reclamar en California?

Si el otro conductor tuvo la culpa, usted puede reclamar aunque no tuviera seguro. La Proposición 213 le quita el pago por dolor y sufrimiento, pero no los gastos médicos, los salarios ni el carro, y tiene excepciones.

Si lo chocaron y usted no tenía seguro, sí puede reclamar en California. Si el otro conductor tuvo la culpa, su aseguradora tiene que pagar sus gastos médicos, sus salarios perdidos y la reparación de su carro. Lo que la ley le quita es el pago por dolor y sufrimiento: es la Proposición 213 (Código Civil §3333.4). Y esa regla tiene excepciones, por ejemplo si usted iba de pasajero o si el otro conductor manejaba ebrio.

Si no ganamos, NO paga nada: ni honorarios de abogado ni gastos del caso.

¿Qué dice la Proposición 213?

Es una ley que los votantes aprobaron en 1996 y que hoy está en el Código Civil §3333.4. Dice que, en un reclamo por un choque, no se pueden cobrar daños no económicos (dolor, sufrimiento, molestias, incapacidad física y desfiguración) si la persona lesionada:

  1. era dueña de un carro involucrado en el choque que no tenía el seguro que exige la ley,
  2. era el conductor y no puede probar que tenía seguro (responsabilidad financiera), o
  3. manejaba ebria y fue condenada por eso.

La regla se aplica aunque usted no haya tenido nada de culpa. Y la ley también prohíbe que la aseguradora del culpable, o la de conductor sin seguro, pague ese dolor y sufrimiento.

¿Qué sí puedo cobrar si no tenía seguro?

Los daños económicos, es decir, lo que se puede probar con recibos y cuentas:

Sí puede cobrarNo puede cobrar (salvo excepción)
Ambulancia, hospital, médicos, terapia y medicinasDolor y sufrimiento
Tratamiento futuro que el médico diga que va a necesitarAngustia, ansiedad y molestias
Salarios perdidos y la capacidad de ganar dinero en el futuroPérdida de calidad de vida
Reparación o valor de su carro y renta de otro carroDesfiguración e incapacidad física, como daño no económico
Objetos dañados, como su teléfono o el asiento del niño

Si sus lesiones son graves, los gastos médicos y los salarios perdidos pueden ser la parte más grande del caso. Por eso no tener seguro no significa que no valga la pena reclamar.

Un carro compacto con la defensa trasera abollada estacionado en una calle de Los Ángeles, con una mano sobre el techo sosteniendo un sobre

¿A quién NO se le aplica la Proposición 213?

La ley habla del dueño del carro sin seguro y del conductor sin seguro. Por eso normalmente no se aplica si usted:

  • Iba de pasajero y no era el dueño del carro, aunque el carro no tuviera seguro
  • Iba caminando y lo atropellaron. Vea nuestra página de accidentes de atropellamiento
  • Iba en bicicleta, incluida una bicicleta eléctrica, que no necesita seguro. Vea bicicletas y scooters eléctricos
  • Manejaba un carro ajeno que sí tenía seguro, por ejemplo el de un familiar o el de su trabajo, y la póliza lo cubría como conductor con permiso

Si usted era dueño del carro sin seguro e iba de pasajero en él, la regla sí puede aplicarse. Cada caso depende de quién era el dueño, quién manejaba y qué seguro había.

¿Qué excepciones tiene?

  • El otro conductor manejaba ebrio. Si usted es el dueño del carro sin seguro y el conductor que lo chocó es condenado por manejar bajo la influencia (Código de Vehículos §23152 o §23153), la ley le permite cobrar dolor y sufrimiento (Código Civil §3333.4(c)). Vea accidentes con conductores ebrios.
  • Una falla del carro. La Corte Suprema de California decidió en Hodges v. Superior Court (1999) que la Proposición 213 no se aplica a un reclamo contra el fabricante por un defecto del vehículo. Vea productos defectuosos.
  • No era dueño ni conductor. Como explicamos arriba, pasajeros, peatones y ciclistas normalmente quedan fuera de la regla.

¿Qué hago si me chocaron y no tengo seguro?

  1. Llame al 911 y pida un reporte policial. No se vaya del lugar: irse de un choque con heridos es un delito, tenga o no seguro.
  2. Tome fotos y pida los datos del otro conductor y su seguro. Su reclamo va contra el seguro del otro, no contra el suyo.
  3. Vaya al médico. Aunque no tenga seguro médico, hay clínicas y médicos que atienden y cobran al final del caso. Sus recibos médicos son ahora la parte más importante de su reclamo.
  4. Presente el SR-1 al DMV en 10 días si hubo heridos o más de $1,000 en daños (Código de Vehículos §16000). Le explicamos cuánto tiempo tiene para cada reporte.
  5. Guarde los recibos de todo: médicos, medicinas, transporte, días de trabajo perdidos y la reparación del carro.
  6. No le dé una declaración grabada a la aseguradora del otro. Le van a preguntar si tenía seguro y van a buscar frases para culparlo. Hable antes con un abogado.

¿Me pueden multar o quitar la licencia por no tener seguro?

Sí, puede pasar. Manejar sin seguro es una infracción, y si el choque necesitaba SR-1 y usted no tenía seguro, el DMV puede suspender su licencia hasta por 4 años, según el manual del conductor del DMV. Eso es un trámite con el DMV, aparte de su reclamo por lesiones. No tener seguro no le quita el derecho a cobrar sus gastos médicos al culpable.

Desde 2025, el seguro mínimo en California es de $30,000 por persona herida, $60,000 por accidente y $15,000 por daños a la propiedad.

¿Y si el otro conductor tampoco tenía seguro?

Entonces es más difícil, pero hay opciones: demandar al conductor o al dueño del carro, ver si el conductor trabajaba para una empresa con seguro, revisar si había otra persona responsable o si la calle estaba mal hecha. Vea choques con fuga o sin seguro.

¿Y si yo tuve parte de la culpa?

California usa la culpa comparativa: si usted tuvo el 30% de la culpa, recibe el 70% de sus daños económicos. La aseguradora va a intentar subir su porcentaje, y a veces va a decir que no tener seguro “demuestra” que usted es descuidado. No tener seguro no decide quién tuvo la culpa del choque.

¿Cuánto vale mi caso si no tenía seguro?

Sin el dolor y sufrimiento, el valor depende sobre todo de:

  • Cuánto cuesta su tratamiento médico, hoy y en el futuro
  • Cuánto dinero dejó de ganar y si podrá volver a su trabajo
  • El daño de su carro
  • Si aplica alguna excepción de la Proposición 213
  • Cuánto seguro tiene el otro conductor

Desconfíe de quien le promete una cifra antes de ver sus lesiones y sus recibos.

¿Cómo tratan de pagarme menos las aseguradoras?

  • Le dicen que “sin seguro no tiene derecho a nada”, lo cual no es cierto
  • Le ofrecen pagar solo el carro y no los gastos médicos
  • Dicen que su tratamiento fue excesivo o demasiado caro
  • Le piden una declaración grabada y todo su historial médico

¿Qué pasa si no hablo inglés o no tengo papeles?

Puede reclamar igual. Su estatus migratorio no tiene que ver con su caso, y en la corte normalmente no se permite preguntar por él (Código de Evidencia §351.2). La corte da intérprete.

¿Y si un familiar murió en el choque?

Los familiares pueden presentar una demanda por muerte injusta. La Proposición 213 habla de la persona lesionada que era dueña o conductora sin seguro; si la víctima iba de pasajero o caminando, normalmente no afecta a la familia. Un abogado revisa cómo se aplica en su caso.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

QuéPlazoLey
SR-1 al DMV10 díasCódigo de Vehículos §16000
Reclamo contra una ciudad, condado o el estado6 mesesCódigo de Gobierno §911.2
Demanda por lesiones2 añosCódigo de Procedimiento Civil §335.1
Demanda solo por daños al carro3 añosCódigo de Procedimiento Civil §338
Si lo chocaron y no tenía seguro: pida reporte policial, datos y seguro del otro conductor, vaya al médico, presente el SR-1 en 10 días, guarde los recibos y no dé declaración grabada

¿Llega a juicio? ¿Cuánto tarda?

La mayoría de los casos se arreglan con la aseguradora sin juicio. Si no ofrecen lo justo, se presenta una demanda, y muchos casos se arreglan antes del juicio. Un caso sencillo puede durar meses; uno con lesiones graves o con demanda, más de un año. Vea las fases de una demanda por lesiones y la guía de qué hacer después de un accidente de carro.

¿Cuánto cuesta un abogado si no tengo seguro?

La consulta es gratis y no tiene que pagar nada por adelantado. Si no ganamos, NO paga nada: ni honorarios de abogado ni gastos del caso. Llame al 844-332-9832, a cualquier hora, en español, o pida su consulta aquí. Un abogado revisa su caso y le dice qué puede cobrar.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre este tema

¿Puedo reclamar si me chocaron y no tengo seguro?

Sí. Si el otro conductor tuvo la culpa, su seguro tiene que pagar sus gastos médicos, sus salarios perdidos y la reparación de su carro. Lo que la Proposición 213 le quita es el pago por dolor y sufrimiento, con algunas excepciones.

¿Qué es la Proposición 213?

Es una ley que los votantes de California aprobaron en 1996 (Código Civil §3333.4). Dice que el dueño de un carro sin seguro, el conductor que no puede probar que tenía seguro y el conductor condenado por manejar ebrio no pueden cobrar daños no económicos, como el dolor y sufrimiento, por un choque.

¿La Proposición 213 se aplica a los pasajeros?

Normalmente no. Si usted iba de pasajero y no era el dueño del carro, puede reclamar todo, incluido el dolor y sufrimiento, aunque el carro no tuviera seguro. Tampoco se aplica a peatones ni ciclistas.

¿Hay excepciones a la Proposición 213?

Sí. Si usted es el dueño del carro sin seguro y el otro conductor es condenado por manejar ebrio, la ley le permite cobrar dolor y sufrimiento. Tampoco se aplica a un reclamo contra el fabricante por una falla del carro, según la Corte Suprema de California.

¿Me van a quitar la licencia por no tener seguro?

Puede pasar. Si el choque necesitaba SR-1 y usted no tenía seguro, el DMV puede suspender su licencia hasta por 4 años. Un abogado le explica cómo cumplir con el DMV mientras sigue su reclamo.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Normalmente 2 años desde el accidente para demandar por lesiones (Código de Procedimiento Civil §335.1) y 6 meses si el responsable es una agencia de gobierno (Código de Gobierno §911.2). El SR-1 al DMV vence en 10 días.

En California tiene 2 años para demandar por lesiones. No espere.

Si el responsable es el gobierno, el plazo es de solo 6 meses. Hable hoy con un abogado, gratis y en español.

Llame 844-332-9832 Consulta