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Buscan a sospechoso de choque en Lamont, Bakersfield

En el estado de California el Código de Vehículos §20002 – Choque y fuga expresa cualquier conductor en el estado de California que haya chocado accidentalmente con otro vehículo, en cualquier circunstancia, un estacionamiento, o mientras se estacionaba a la calle.

El otro conductor tiene el deber de dejar su número de contacto, pero suelen ocurrir situaciones donde solo se alejan con la esperanza de que nadie se dé cuenta, de hecho el código de vehículos prohíbe a una persona abandonar la escena de un accidente, sin antes identificarse ante el resto de los involucrados.
El chocar y huir es considerado un delito menor según el Código de Vehículos de California, y puede conllevar una pena máxima de no más de 6 meses en la cárcel del condado más una multa de hasta $1.000.

Dentro de los accidentes de choque y fuga podemos destacar el ocurrido el sábado 24 de Septiembre de 2016 en la ciudad de Lamont, ubicada al sureste de Bakersfield, cuando se registró un accidente automovilístico, en el que algunos testigos y oficiales de la Policía de Tránsito de California (California Highway Patrol) llegaron a la conclusión de que el accidente sucedió cuando una camioneta que se dirigía hacia el sur no se detuvo en la intersección de Myrtle Avenue y Di Giorgio Road aun cuando tenía la luz roja.

Al no respetar la señalización del semáforo, la camioneta chocó contra un coche que se dirigía hacia el oeste. El coche giró hacia las líneas de mayor tráfico, lo que provocó que golpeara a una semi truck. El conductor del coche murió al instante a causa de ambas colisiones, y los ocupantes de la camioneta causante del accidente huyeron a pie de la escena antes de que llegara la policía y los servicios de emergencia.

Según descripciones de testigos, el conductor que huyó de la escena era un hombre de origen hispano de aproximadamente 1.80 metro de estatura (5 pies 10 pulgadas) con un tatuaje en su brazo derecho y una cicatriz en su rostro. Esta persona fue juzgada por darse a la fuga de la escena del accidente de auto (hit and run) y por homicidio involuntario.

La policía de tránsito también reportó que el choque provocó la caída de un poste de luz.

Como es evidente, hablamos de un caso donde hay varias fallas involucradas, desde un delito menor por choque y fuga, hasta el daño de propiedad pública con la caída del poste de luz, tomando en cuenta que hablamos de un caso de una persona fallecida en un accidente de tránsito, donde no sólo hubo daños monetarios, sino emocionales también, sobre todo para la familia del conductor.

En el Código de Vehículos de California § 20002 se prohíbe específicamente que la persona realice lo siguiente:

  • Abandonar la escena de un accidente.
  • No identificarse con los demás involucrados en un accidente.
  • Causar daños a la propiedad de otra persona.

De manera que, cualquier individuo que cometa alguno de estos actos, será identificado como culpable.

Otra referencia que aparece en el Código de Vehículos es la definición que se tendría para alegar que un accidente fue de “choque y fuga”, puesto que es importante entender por qué podría ser una persona condenada bajo estas condiciones. De manera que se tiene que probar que:

  • Mientras conducía, el conductor acusado estuvo involucrado en un accidente automovilístico.
  • El accidente produjo daños a la propiedad de otra persona.
  • El acusado estaba consciente o tenía conocimiento de haber producido un accidente que causó daño a la propiedad de otra persona.
  • El acusado, de manera deliberada, no cumplió con alguno de los siguientes deberes: detenerse inmediatamente en la escena del accidente, proporcionar al dueño de la propiedad dañada su nombre y dirección actual de residencia.

¿Qué sanciones puede recibir una persona bajo el Código de Vehículos § 20002?

El atropello y fuga se considera un delito menor en California según el Código de Vehículos, conlleva una posible sentencia de hasta 6 meses en la cárcel del condado, o una multa de hasta $1.000, en algunas ocasiones hasta ambas. Dentro de las sanciones se pueden incluir también 3 años de libertad condicional, restitución por daños de propiedad y 2 puntos en el historial de conducción de California.

Sin embargo existen circunstancias en las que el acusado puede defenderse ante estas sanciones, como las siguientes:

  • El conductor no se percató de que había ocurrido un accidente, por ejemplo en los casos de accidentes leves, por lo que no se podría alegar que abandonó la escena intencionalmente.
  • Si no ocurrió ningún daño, como por ejemplo el chocar contra una cerca y no notar ningún daño, de manera que el conductor no estaba en conocimiento de que se produjo algún daño, por lo que no se puede probar que haya existido un elemento esencial para decir que ocurrió un delito.
  • Sólo sufrió daños el vehículo del conductor, situación en la cual el conductor habría ocasionado daño en la propiedad del otro y, por tanto, no puede ser condenado por un delito

¿Qué hacer en los casos donde solo hubo daños en el vehículo del conductor?

En aquellos casos donde los daños ocurrieron únicamente al auto del conductor, es muy recomendable que se tomen fotos del otro auto para demostrar que no hubo daños en el otro automóvil.

En caso de no estar seguro de si se produjeron daños, el conductor debe detenerse a intercambiar información, o al menos suministrar la de él, sobre todo si el otro auto se encontraba estacionado o desatendido, donde es imprescindible dejar una nota. Entre los daños que pueden no ser visibles están:

  • Neumáticos desalineados.
  • Fugas.
  • Batería con duración reducida.
  • Retrasos en el diagnóstico de problemas en la computadora.
  • Bombillos rotos.

Además, también puede darse el caso de cualquier persona que haya sido golpeada, y a simple vista parecer estar bien, pero que haya podido sufrir daños en órganos internos, los cuales se pueden tardar en manifestarse. Indiferentemente de las circunstancias, las aseguradoras requieren que sus asegurados notifiquen de cualquier accidente, incluso menor, de lo contrario podrían denegar cualquier reclamo que pueda realizarse a raíz del suceso.

¿Cuál es mi deber si cometo un delito de choque y fuga?

La sección 20001 del Código de Vehículos de California requiere que los conductores haga lo siguiente en un caso dónde se produzca la muerte de una persona o lesiones a causa de un accidente de choque y fuga:

  • Deténgase en el lugar del accidente.
  • Debe proporcionar a la otra parte o cualquier agente policial en el lugar, su nombre y dirección actualizada, número de registro del vehículo, así como nombre y dirección del propietario del vehículo de no ser usted, y su licencia de conducir.
  • Brindar asistencia a cualquier persona lesionada en el accidente.
  • Debe reportar el accidente dentro de las 24 horas al departamento de policía más cercano o la patrulla de caminos de California.

En el estado de California un caso de golpe y fuga que involucre lesiones o muerte de una persona se considera como un “tambaleante”, lo que quiere decir que se puede considerar como un delito menor o mayor según la gravedad de las lesiones y los antecedentes penales del conductor. El castigo puede ser de 16 meses hasta 3 años de cárcel en una prisión estatal como delito grave, y multas que pueden ir desde $1.000 hasta $10.000, incluyendo restitución a la víctima. Agregar puntos al historial de manejo como se ha mencionado ocurre en estos casos, puede llevar a primas de seguro más altas y posible suspensión de la licencia, en caso de cometer otra violación del Código de Vehículos.

Consulte con un abogado para manejar su caso

Tanto si usted fue víctima como si fue el responsable de un accidente de choque y fuga, es importante que busque ayuda legal. La policía puede comunicarse con usted e ir a su casa para entrevistarlo sobre el accidente, así que no mienta, solo podría empeorar su situación legal. En el caso de haber sido acusado de abandonar la escena, comuníquese con un abogado de accidentes en California para conocer sus opciones y brindarle una ayuda.

En SOCAL Abogados Accidentes le ayudamos a manejar su caso. Comuníquese con nosotros al 844-332-9832.

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